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Ya comenzó a dar tumbos el Plan B de la reforma electoral de AMLO

Por: Roberto Díaz |

La primera parte de la reforma electoral, la cual modificó el concepto de propaganda gubernamental para flexibilizar la intervención de servidores públicos en los procesos electorales, fue determinada inaplicable por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Se trata de una copia del decreto de interpretación aprobado por Morena y que tanto el Tribunal Electoral como la Suprema Corte invalidaron el año pasado, por ir en contra de la Constitución.

Dicha resolución se da siete meses después del evento masivo realizado por Morena con los aspirantes a la candidatura presidencial, así como a las gubernaturas de Coahuila y del Estado de México, efectuado el 26 de junio del 2022, para la cual la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación analizó, por primera vez, el nuevo concepto de propaganda electoral de la reforma a la Ley General de Comunicación Social y el retiro del modo honesto de vivir de quienes participaron en ese evento.

La queja surgió a partir de dos denuncias presentadas por el PRD y por Jorge Álvarez Máynez, diputado de Movimiento Ciudadano, quienes acusaron actos anticipados de campaña y uso indebido de recursos públicos, lo que fue declarado inexistente por unanimidad de votos.

En el proyecto del magistrado Luis Espíndola Morales se analizó la primera parte de la reforma electoral publicada en el Diario Oficial de la Federación a finales del año pasado y tal como lo había advertido Dania Ravel, consejera del INE, que debía declararse inaplicable por tratarse de una copia del decreto que aprobó Morena en 2022, en el marco de la revocación de mandato y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Sala Superior del Tribunal Electoral concluyeron que era contrario a la Constitución.

En su resolución, el magistrado Luis Espindola, aclaró que tampoco se podrá aplicar la reforma en el proceso federal del 2024, dado que la Sala Superior del TEPJF, ya se pronunció al respecto, en materia de propaganda gubernamental, marzo cederle 2022 cuando se declaró inaplicable el decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de revocación de mandato.

Ese decreto permitía a los funcionarios públicos a hacer propaganda gubernamental sin ser sancionados por la autoridad electoral, en tanto, que los cambios a a la Ley de Comunicación Social, que el presidente Andrés Manuel López Obrador pudiera continuar continuar con sus conferencias matutinas, desde donde se difunden logros de gobierno.

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